Ante catástrofes naturales: ¿Sabes quién paga los daños?
5 comprobaciones básicas de tus seguros que pueden marcar la diferencia ante una catástrofe natural
Inundaciones, temporales, terremotos o erupciones volcánicas pueden causar en pocas horas daños que tardamos años en reparar. Myriam Layla Isa, agente de seguros de MGS, nos enseña sobre las 5 comprobaciones principales que pueden marcar la diferencia entre estar protegido o descubrir demasiado tarde que algo no estaba cubierto.
El agua entra en una vivienda, un temporal destroza un comercio o una inundación alcanza un vehículo. Después del primer impacto aparece una pregunta inevitable: ¿quién pagará los daños?
Muchas personas dan por hecho que responderá el Consorcio de Compensación de Seguros. Pero el Consorcio no es una ayuda gratuita a la que cualquiera pueda acudir después de una catástrofe. Para recibir una indemnización es necesario cumplir determinados requisitos.
Por eso, el mejor momento para revisar nuestras coberturas no es cuando se anuncia una emergencia, sino antes.
1- COMPRUEBA QUE TU SEGURO ESTÁ VIGENTE
Para que el Consorcio pueda indemnizar un daño extraordinario, la persona o el bien afectado debe contar con una póliza adecuada, vigente y con la prima pagada.
Esto puede aplicarse a una vivienda, un local, una comunidad de propietarios, un vehículo o una persona asegurada mediante determinadas pólizas de vida o accidentes.
Además, las pólizas nuevas pueden estar sujetas a un periodo de carencia de siete días, con algunas excepciones. Contratar un seguro cuando la emergencia ya está anunciada podría ser demasiado tarde.
2- EL CONSORCIO NO CUBRE TODOS LOS FENÓMENOS
El Consorcio interviene cuando los daños proceden de alguno de los riesgos considerados legalmente extraordinarios. Entre los fenómenos naturales se encuentran:
- Las inundaciones extraordinarias.
- Los embates de mar.
- Los terremotos y maremotos.
- Las erupciones volcánicas.
- Los tornados.
- Los vientos con rachas superiores a 120 kilómetros por hora.
- La caída de aerolitos.
Otros daños provocados por lluvia, granizo, nieve o viento pueden corresponder a la compañía aseguradora, dependiendo de las coberturas y límites establecidos en la póliza.
Por tanto, no siempre debemos elegir entre “Consorcio o aseguradora” antes de comunicar el siniestro. Ante la duda, lo adecuado es contactar con la compañía o con el agente de seguros para iniciar la tramitación correcta.
3- REVISA QUÉ BIENES Y CANTIDADES HAS ASEGURADO
Tener una póliza no significa que todo esté cubierto sin límites.
El Consorcio calcula la indemnización tomando como referencia los bienes, capitales y condiciones incluidos en el seguro contratado. Si el valor asegurado es inferior al valor real de la vivienda, el contenido o la mercancía, la indemnización también podría reducirse.
Conviene revisar periódicamente el valor de la vivienda, los muebles, los electrodomésticos y los objetos importantes. En un negocio también deben tenerse en cuenta el local, la maquinaria, los equipos y las existencias.
4- NO TE OLVIDES DEL VEHÍCULO Y LA ACTIVIDAD DEL NEGOCIO
Los vehículos asegurados pueden estar cubiertos frente a riesgos extraordinarios incluso cuando solo cuentan con el seguro obligatorio o a terceros.
En el caso de los negocios, no basta con proteger el edificio o la maquinaria. También conviene revisar si la póliza incluye la pérdida de beneficios por una posible paralización de la actividad. El Consorcio puede indemnizarla en determinadas condiciones, pero solo si esa cobertura figura expresamente en el seguro.
Una catástrofe no solo puede destruir bienes. También puede impedir que un negocio abra durante semanas.
5- GUARDA PRUEBAS Y COMUNICA EL DAÑO CUANTO ANTES
Después de un siniestro, lo primero siempre es proteger a las personas y seguir las indicaciones de los servicios de emergencia. Cuando sea seguro hacerlo:
- Realiza fotografías y vídeos de los daños.
- Conserva facturas, recibos y documentos de los bienes afectados.
- No tires los objetos dañados antes de la valoración, salvo que sea imprescindible.
- Si debes realizar una reparación urgente para evitar daños mayores, documenta antes la situación.
- Comunica el siniestro lo antes posible.
Revisar hoy para no descubrir mañana
Conocer quién responderá ante una catástrofe no depende únicamente del tipo de fenómeno. Depende también de que exista una póliza adecuada, de lo que hayamos incluido en ella y de que los capitales estén actualizados.
Revisar un seguro no consiste solamente en comprobar cuánto pagamos. Consiste en saber qué protección tendremos cuando realmente la necesitemos.
Porque cuando el agua ya ha entrado o el negocio no puede abrir, no es el momento de preguntarse quién paga los daños.
Para profundizar
Una agente de seguros, años de expedientes a las espaldas y la pregunta que casi nadie se hace hasta que ya es tarde... Myriam Layla Isa Martín nos habla sobre lo que no vemos al contratar pólizas de seguros.
Otras Fuentes



